ESTUDIO JURIDICO DRA. NATALIA LASTRETTI

lunes, 29 de febrero de 2016

jueves, 11 de febrero de 2016

NUEVO SISTEMA DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

DEFENSA DEL CONSUMIDOR

COPREC


Se trata de la Ley N° 26.991 que establece una Nueva Regulación de las Relaciones de Producción y Consumo, la Ley N° 26.992 que crea el Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios y la Ley N° 26.993 que define un nuevo Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo.

El Nuevo Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo establece tres instancias:


  • El Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC). Instancia prejudicial obligatoria en la que se realiza una conciliación entre el consumidor y la/s empresa/s reclamada/s con la participación de un conciliador inscripto en el Registro Nacional de Conciliadores en las relaciones de consumo. En caso de no arribar a un acuerdo entre las partes, se prevé la creación de dos instancias adicionales:
  • La Auditoría en las Relaciones de Consumo. Para reparar el daño directo por un monto de hasta 15 salarios mínimos vitales y móviles.
  • Fuero Judicial de Consumo. Para la reparación integral del daño por hasta 55 salarios mínimos vitales y móviles, así como para las apelaciones a lo dispuesto en la instancia administrativa o a las sanciones que se hayan impuesto a las empresas.