ESTUDIO JURIDICO DRA. NATALIA LASTRETTI

jueves, 11 de febrero de 2016

NUEVO SISTEMA DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

DEFENSA DEL CONSUMIDOR

COPREC


Se trata de la Ley N° 26.991 que establece una Nueva Regulación de las Relaciones de Producción y Consumo, la Ley N° 26.992 que crea el Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios y la Ley N° 26.993 que define un nuevo Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo.

El Nuevo Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo establece tres instancias:


  • El Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC). Instancia prejudicial obligatoria en la que se realiza una conciliación entre el consumidor y la/s empresa/s reclamada/s con la participación de un conciliador inscripto en el Registro Nacional de Conciliadores en las relaciones de consumo. En caso de no arribar a un acuerdo entre las partes, se prevé la creación de dos instancias adicionales:
  • La Auditoría en las Relaciones de Consumo. Para reparar el daño directo por un monto de hasta 15 salarios mínimos vitales y móviles.
  • Fuero Judicial de Consumo. Para la reparación integral del daño por hasta 55 salarios mínimos vitales y móviles, así como para las apelaciones a lo dispuesto en la instancia administrativa o a las sanciones que se hayan impuesto a las empresas.